¿Me pueden embargar la nómina?
Sí, pero con límites legales
La ley protege una parte de tu salario para garantizar tu subsistencia. El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es absolutamente inembargable. Solo se puede embargar lo que supere el SMI, y en porcentajes crecientes.
Escala de embargo
Para la cantidad que exceda del SMI hasta el doble del SMI: se puede embargar el 30%. Del doble al triple del SMI: el 50%. Del triple al cuádruple: el 60%. Del cuádruple al quíntuple: el 75%. Lo que exceda del quíntuple: el 90%. El juez puede reducir estos porcentajes entre un 10% y un 15% si tienes cargas familiares.
Excepciones
En el caso de deudas por pensiones alimenticias de hijos menores, el juez puede embargar incluso una parte del SMI, ya que la protección del menor prevalece. También los embargos de Hacienda y la Seguridad Social pueden aplicar sus propios criterios de proporcionalidad.
Qué hacer si te embargan
Si consideras que el embargo es excesivo o incorrecto, puedes solicitar al juzgado la reducción del porcentaje alegando tus circunstancias personales y familiares. Consultar con un abogado civilista es recomendable para defender tus derechos.
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