España ofrece diferentes tipos de autorizaciones de residencia para ciudadanos extracomunitarios. Elegir la vía correcta es fundamental para tramitar con éxito tu permiso.
Residencia no lucrativa
Permite residir en España sin trabajar. Requiere demostrar medios económicos suficientes (actualmente unos 2.400 euros mensuales para el titular y 600 por cada familiar) y un seguro médico privado con cobertura completa. Se solicita desde el consulado español en tu país de origen.
Residencia por trabajo por cuenta ajena
Requiere una oferta de empleo de una empresa española. La empresa debe acreditar que no ha encontrado candidatos nacionales o comunitarios (situación nacional de empleo). Se solicita igualmente desde el consulado. El proceso tarda entre 3 y 6 meses.
Arraigo social
Si llevas 3 años de residencia continuada en España (aunque sea irregular), tienes un contrato de trabajo de al menos un año y puedes acreditar vínculos sociales o familiares, puedes solicitar el arraigo social. Es la vía de regularización más utilizada.
Arraigo laboral
Requiere 2 años de residencia continuada y acreditar una relación laboral de al menos 6 meses, normalmente demostrada mediante una sentencia judicial o un acta de inspección de trabajo.
Residencia para emprendedores
Si tienes un proyecto empresarial innovador con impacto económico en España, puedes solicitar un visado y autorización de residencia para emprendedores. El proyecto debe contar con un informe favorable de ENISA.